top of page

El Abuso Sexual en la Legislación Chilena

  • 25 oct 2025
  • 2 Min. de lectura

En Bourgg International Law Firm, creemos que la comprensión clara de los delitos sexuales es esencial para la protección de derechos, la prevención de abusos y el fortalecimiento de la justicia. En este artículo, abordamos las categorías de abuso sexual según el Código Penal chileno, sus implicancias legales y las penas asociadas.


Primero que nada ¿Qué se entiende por abuso sexual?

El abuso sexual es un delito que involucra actos de significación sexual sin acceso carnal, cometidos sin el consentimiento de la víctima. A diferencia de la violación, no requiere penetración, pero sí implica una afectación grave a la integridad física o psíquica de la persona.



Clasificación legal del abuso sexual

La legislación chilena distingue varias formas de abuso sexual, cada una con características específicas:


  1. Abuso sexual propio

Implica contacto físico directo con la víctima, sin penetración.

  • Ejemplos: Tocamiento de zonas íntimas, besos forzados, manipulación corporal con fines sexuales.

  • Artículo aplicable: Art. 366 del Código Penal.

  • Pena: 3 años y 1 día a 10 años de presidio.


2. Abuso sexual impropio

No hay contacto físico, pero sí actos que afectan la integridad sexual de la víctima.

  • Ejemplos: Exhibicionismo, masturbación frente a la víctima, exposición a material pornográfico.

  • Artículo aplicable: Art. 366 bis y siguientes.

  • Pena: 541 días a 5 años de presidio.


3. Abuso sexual de menores

Todo acto sexual con menores de 14 años se presume sin consentimiento y constituye abuso agravado.

  • Ejemplos: Cualquier tipo de tocamiento, manipulación o exhibición frente a menores.

  • Artículo aplicable: Art. 366 ter.

  • Pena: 5 años y 1 día a 15 años de presidio.


4. Abuso sexual agravado

Se configura cuando existen circunstancias que aumentan la gravedad del delito.

  • Agravantes: Relación de autoridad (padre, profesor, cuidador), violencia, reincidencia, daño psicológico grave.

  • Artículo aplicable: Art. 366 quinquies.

  • Pena: hasta 20 años de presidio.


Protección procesal de las víctimas

Gracias a la Ley N° 21.057 sobre entrevistas videograbadas, las víctimas menores de edad reciben protección especial durante el proceso penal:

  • Entrevistas únicas realizadas por profesionales capacitados.

  • Audiencias cerradas cuando sea necesario.

  • Prohibición de contacto entre víctima y agresor.


El abuso sexual, en cualquiera de sus formas, constituye una grave vulneración de derechos. En Bourgg International Law Firm, estamos comprometidos con la defensa de las víctimas, la educación legal y el fortalecimiento de la justicia. Si usted o un cercano requiere asesoría en materia penal, protección de menores o capacitación legal, nuestro equipo está preparado para brindar apoyo profesional y 100% confidencial.

 
 
 

Comentarios


bottom of page